Barakaldo
Naturala ha instado a la Agencia Vasca del Agua-URA a que deniegue la
autorización para la realización de vertidos directos a los ríos Castaños y
Kadagua de cerca de 30.000 m3 de aguas residuales urbanas solicitada
por el Ayuntamiento de Barakaldo con envío de un expediente que cataloga de
“chapucero” por incumplir múltiples requisitos legales, mediante el pertinente
escrito de alegaciones durante el periodo de exposición pública abierto tras el
anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia el 4 de agosto.
En pleno mes de agosto, mientras
la mayoría de la población disfruta de sus vacaciones, se publicó los Boletines
Oficiales de Bizkaia y del País Vasco, la apertura de periodo de información
púbica de la “Solicitud de
autorización de vertido a dominio público hidráulico para las aguas residuales urbanas generadas
en el municipio de Barakaldo (Bizkaia) en base a un programa de reducción de la
contaminación” (expediente VDP-B-2020-0046/V-48-01277), que curiosamente supondrá la aportación
de miles de litros de aguas residuales de viviendas, locales hosteleros y
alguna instalación ganadera sin depurar a ríos protegidos por planes forales de
gestión para la protección del pez Espinoso (Castaños) y del visón europeo
(Kadagua).
Desde luego, no es un mes propicio para que la ciudadanía se
percate de su publicación y valoré su participación, objetivo de la fase de
exposición e información pública. Cabe sospechar que ese era el objetivo,
cuando nos personamos en las oficinas de URA y el expediente no estaba
preparado para su exposición pública, por lo que tuvimos que volver días más
tarde.
Analizado el expediente, lo que comprobamos atónitos es una
documentación que no firma nadie (salvo el informe previo de URA), se desconoce
qué Área municipal promueve la solicitud de autorización, no hay informe
municipal técnico ni jurídico que
justifique la actuación, un
escrito anónimo que pretende ser una memoria de los puntos de origen de los
vertidos para los que se solicita autorización, además de no incluirse los
informes preceptivos del departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la
Diputación de Bizkaia, tal y como establecen los Planes forales de Gestión del
pez Espinoso y del visón europeo, para la protección de estas especies y sus hábitat.
Por no haber, no hay un plan detallado de la actuación que se va a
realizar para trasladar esos miles de metros cúblicos de aguas sucias a las
cuencas de los ríos Castaños y Kadagua, y asi suma y sigue.
Así pués, estamos ante un expediente que incumple diversas leyes y decretos, como: la ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, el Reglamento del Dominio Hidráulico, además de los Planes forales de Gestión ya señalados.
De hecho, se trata de una solicitud presentada en 2020 que, al no
recibir resolución positiva en los 6 meses posteriores, ni aportarse
justificación alguna dentro de las causas establecidas por ley para prorrogar
los plazos de respuesta, debiera haber sido considerada una petición denegada,
ya que a tales efectos el silencio administrativo es desestimatorio.
La realidad es que el gobierno
local de Barakaldo ha presentado bajo el eufemismo de “programa de reducción de
contaminación” lo que claramente puede ser un acto de severa afección al
hábitat de especies protegidas, lo que devalúa notablemente actuaciones en las
que participan estas mismas instituciones (URA y Ayuntamiento) como la
renaturalización del río Castaños o el Plan de Acción Paísajística del Kadagua.
Toda una incongruencia.
13 de
septiembre de 2023
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