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Fotografía de Barakaldo Digital |
El Ayuntamiento de Barakaldo ha iniciado el
procedimiento para la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU),
en el ámbito de Calero, en el barrio de Burtzeña, al objeto de construir 550
viviendas, 200 más que las previstas en el citado PGOU.
Desde Barakaldo Naturala consideramos que la
propuesta de modificación no se justifica desde el punto de vista del interés
general, incrementa notablemente el beneficio
de la empresa promotora - revalorizando el valor del suelo en más de un 300%-, reduce los derechos del Ayuntamiento y vulnera
diferentes preceptos legales.
Al mismo tiempo, denunciamos el proceso
administrativo seguido por el Ayuntamiento, plagado de irregularidades, en el
que se ha ocultado información, se han manipulado datos y se ha ninguneado la
participación ciudadana, ofreciendo una clara imagen de servilismo hacia la
promotora privada.
Al objeto de hacer frente a este pelotazo de libro, hemos presentado 21
alegaciones, identificando las ilegalidades y proponiendo alternativas para la
regeneración del barrio de Burtzeña, no descartando acudir a los tribunales, si
ello fuera preciso.
La zona no es apta para un proyecto de estas
características, ya que se incluye dentro de un Área de Riesgo Potencial
Significativo de Inundación (ARPSI Bilbao-Erandio ES17-BIZ-IBA-01), dentro del
Grupo I, que incluye áreas de riesgo muy alto o daños potencialmente
catastróficos. Es una de las 3 áreas de riesgo costeras dentro del Plan de
Gestión de Riesgo de Inundaciones del Cantábrico Oriental.
Está calificada como “Zona inundable” en
período de retorno de 100 años en una parte y de 500 años en un área mayor. El
propio PGRI considera la cuenca del Kadagua como una de las más conflictivas de
Bizkaia en relación a las inundaciones.
Un
informe del Departamento de
Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia, ya advierte
de las condiciones geotécnicas
muy desfavorables, por problemas de inundación, encharcamiento y capacidad
portante y asientos.
Por otra parte, la propia Ley de Costas, así
como el propio Informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y
del Mar, imponen la necesidad de “evitar la formación de pantallas
arquitectónicas o acumulación de volúmenes” en la zona de influencia de 500 m.
Destacamos, así mismo, que estas pantallas arquitectónicas, en caso de
avenidas, provocarían daños a terceros
(barrio de Zorrotza).
De acuerdo con la legislación medioambiental,
la propuesta de modificación debiera
adoptar criterios para adaptarse al cambio climático, cosa que tampoco hace.
Así mismo,
vulnera otros preceptos de la Ley de Costas, manteniendo una torre de alta tensión
en medio de la urbanización, En el Informe del Ministerio de Agricultura y
Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 22 de Marzo de 2018 y registrado en el
Ayuntamiento el 28 de Marzo de 2018 (Nº 10528), en el punto 5.2, haciendo
mención a la vigente Ley de Costas, se recoge: “…estos usos se encuentran expresamente
prohibidos en dominio público marítimo-terrestre y servidumbre de protección,
por lo que deberá justificarse el título habilitante que las ampara…”
En la
Revisión Parcial referida al Ámbito Lutxana/Llano/Burtzeña, de Octubre de 2013,
en relación a esta torre, el propio Ayuntamiento afirma: “La misma(torre de alta tensión) se
debe soterrar, ya que resulta incompatible con un desarrollo urbano
predominantemente residencial como el que se propone”. A lo que, desde
Barakaldo Naturala, añadimos que es potencialmente peligrosa para la salud de
las futuras personas residentes.
Tampoco se
cumple la Ley del Sector Ferroviario, en cuanto a las limitaciones que supone
para los desarrollos urbanísticos, en materia de distancias de seguridad, etc.
La Ley se
incumple, así mismo, en materia de Impacto Acústico, ya que, al encontrarse en
zona de servidumbre acústica de las carreteras del entorno, requiere de informe
de la Diputación de Bizkaia y éste no consta en el expediente. Tampoco se
proponen medidas correctoras y su impacto económico.
La propuesta de modificación vulnera la
legislación en materia de urbanismo, entre otras cuestiones de especial
relevancia, porque no presenta el preceptivo Informe de Sostenibilidad
Económica que identifique la carga presupuestaria que supondría para el
Ayuntamiento la operación y justifique
la capacidad económica para hacerla frente. Tampoco incorporó, en la
tramitación inicial, un Programa de Participación Ciudadana, haciéndolo meses
después, en una actuación que consideramos una burla hacia el vecindario de
Burtzeña, ya que se ocultó información relevante, con el objetivo claro de
manipular la opinión pública, en beneficio del proyecto.
También se ha incumplido la legislación en
materia de perspectiva de género en el diseño urbanístico, ya que no se consta
en el expediente el obligado Informe de Impacto de Género, a realizar por el
Ayuntamiento.
Así mismo, hemos planteado conservar el
patrimonio arquitectónico presente en la zona así como otras cuestiones
medioambientales (regeneración de las riberas del río Kadagua, implantando
especies vegetales propias de estos hábitats, para permitir el desarrollo de
especies en peligro y/o amenzadas: l visón europeo, nutria…). Al respecto, Al
respecto, recogemos lo que dice el Art 2.1.2 Ley del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad Ley 42/2007, de 13 de diciembre, que, en su apartado 2.f) determina la prevalencia de la protección ambiental
sobre la ordenación territorial y urbanística.
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fotografía: Deia |
Hemos recordado al Ayuntamiento otras
alternativas, ya aprobadas por la propia institución municipal, que no
proponen la construcción de nuevas
viviendas y que son viables desde el
punto de vista económico y urbanístico.
Hemos propuesto al Ayuntamiento la suspensión
o rechazo de esta propuesta de modificación, para facilitar la apertura de un
proceso de debate y acuerdo, identificando los problemas y proponiendo
soluciones viables, mediante la creación de una Mesa de Trabajo en Burtzeña,
con presencia institucional y vecinal.
Proceso que debe integrarse en la actual fase
de revisión del PGOU y del Plan Territorial Parcial de Bizkaia. Un PGOU
aprobado en el año 2000, en un contexto de urbanismo desarrollista, hoy
reconocido por todas las instituciones como inadecuado y que necesita de una
profunda reflexión y renovación, incorporando la legislación actual y con el
objetivo claro del interés general y el respeto al medio ambiente, actuales claves
de bóveda del planeamiento urbanístico.
Para leer el escrito de alegaciones presentado, pincha aquí
BARAKALDO NATURALA
23 de abril de 2019